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Modificaciones del CTE 2019

Modificaciones del CTE 2019

El día 24 de Septiembre de 2020 ha entrado en vigor las nuevas modificaciones del Código Técnico de la Edificación. Se conoce como CTE 2019 porque se presentó en diciembre de 2019 y era de aplicación voluntaria hasta el 1 de julio. Con el estado de alarma este periodo voluntario se alargó hasta el 23 de septiembre como último día para solicitar licencias de obras sin aplicar las modificaciones.

En el artículo de hoy haremos una breve descripción de estos cambios y en próximos artículos ahondaremos más en cada tema. Los documentos básicos afectados son los de salubridad, ahorro de energía y seguridad frente incendios.

Protección contra el gas radón (DB HS-6)

El radón es un gas noble radioactivo, incoloro, inodoro, insípido e invisible que se genera de forma natural en el subsuelo por la descomposición de los minerales que hay en el terreno (Radio). Está presente en casi todos los tipos de suelo, pero los suelos calcáreos están más aislados que los graníticos. Por eso, algunas zonas de España presentan niveles superiores a otras.

El radón se conoce desde hace mucho tiempo, pero si bien se sabía de su peligrosidad, nunca se había tomado en serio. En el año 1900 ya se conocía la existencia de este gas. En los años 40, en las minas de Uranio de los Estados Unidos se empezó a ver sus efectos sobre la salud. Las Universidades lo han estudiado, pero nunca fue un asunto prioritario para los gobiernos hasta 1984.

En 1984, Stanley Watras, un ingeniero nuclear encargado de la construcción de una nueva central nuclear, descubrió niveles de radiación en su vivienda 16 veces superiores a los permitidos ¡¡¡ANTES DE QUE SE CONSTRUYERA LA CENTRAL NUCLEAR!!!

Tras hacer pruebas y análisis descubrieron que esos niveles de radiación eran naturales. El radón emanaba libre dentro da la vivienda desde el subsuelo hacia esta casa de planta baja. La vivienda estaba infestada de gas radón.

En 2017 se debería haber traspuesto la directiva de la Unión Europea (2013/59/Euratom), que entró en vigor en 2018 de forma obligatoria en toda Europa. La directiva europea sobre gas radón y otros elementos radiactivos obliga a los gobiernos a realizar mediciones de gas radón en todos los centros de trabajo de las zonas de riesgo. La directiva europea obliga a mitigar y solucionar los problemas de concentraciones de gas radón superiores a 300 bequerelios. Esta directiva es la que ha obligado a modificar el Código Técnico de la Edificación (CTE) para que todas las viviendas nuevas tengan en cuenta el riesgo de radón y se tomen medidas para disminuir el radón en las viviendas existentes.

Así pues, en la modificación del CTE se establece que los edificios dispondrán de medios adecuados para limitar el riesgo previsible de exposición inadecuada al radón procedente del terreno en recintos cerrados. Se aplicarán a edificios de nueva construcción y a intervenciones en edificios existentes. Si en nuestro municipio tenemos concentraciones elevadas de radón, deberemos protegernos mediante una barrera de protección anti-radón y/o una cámara de aire ventilada entre el terreno y la vivienda. Una vez acabada la vivienda, deberá comprobarse que las concentraciones de radón no superan el límite.

Ahorro energético (DB HE)

Según la directiva europea de eficiencia energética de los edificios se establece la obligación de revisar y actualizar los requisitos mínimos de eficiencia energética periódicamente, en intervalos no superiores a cinco años. La última vez que se revisaron fueron en 2013 donde la medida más conocida fue la introducción del certificado energético para las viviendas existentes.

El incremento de los requisitos mínimos de ahorro y eficiencia energética tienen por objetivo;

– Reducir el consumo de energía de los edificios (tanto obra nueva como ampliación, reformas y cambios de uso)

– Incrementos la utilización de energías renovables para cubrir los consumos.

Para ello se establecen unos valores máximos de consumos de energía primaria no renovable y energía primaria total. Todo ello varía según las zonas climáticas. Estos valores respecto al anterior CTE se han reducido entre 40% y 50%. Lo más significativo de este cambio es que en el CTE anterior se establecía el límite en el consumo de energía no renovable, pudiendo consumir lo que se quisiera de energía primaria renovable. En cambio ahora se limita el consumo de energía primaria total, obligando además de instalaciones muy eficientes, diseñar el edificio correctamente y disponer de cerramientos con buenos aislamientos.

En los elementos de cerramientos: muros, ventanas, vidrios, cubiertas, fachadas, etc. se establecen unos valores máximos de transmitancias para cada elemento y también establece un valor máximo para el conjunto. Se introduce el concepto de protección solar para las aperturas, que controlará las persianas, voladizos y demás elementos que protejan del sol en determinadas situaciones. Otro concepto que se ha instaurado es la permeabilidad al aire de la envolvente térmica, estableciendo unos valores máximos según la compacidad del edificio..

Para la producción de Agua Caliente Sanitaria se desliga el concepto de contribución solar, ampliándose a otras fuentes de energías renovables. En el caso de la aerotermia ya no se ha de realizar la comprobación de la emisiones con el sistema de referencia de solar + gas.

Instalaciones en el nuevo Código Técnico de la Edificación 2019

El artículo de hoy es una pequeña introducción a estas modificaciones que iremos detallando en próximos artículos, ampliando cada punto por separado y las implicaciones que tienen al usuario final, así como en fase de proyecto y construcción.