Presupuestos de obra, ¿qué son y para qué sirven?
Cuando queremos llevar a cabo nuestro proyecto, ya sea de obra nueva o reforma, un punto importante es el precio final que nos va a costar toda la intervención. En este artículo te explicábamos un ejemplo para calcular el gasto total de tu reforma. Pero para poder realizar este cálculo muchos desgloses dependen del PEM, ¿pero qué es el PEM?
En el esquema anterior te mostramos un resumen del artículo que os traemos hoy. Si quieres más información, sigue leyendo.
Presupuesto de Ejecución Material (PEM)
El Presupuesto de Ejecución Material se refiere al gasto real que cuesta la ejecución de la obra. Este presupuesto incluye los costos directos y los costos indirectos de obra.
En primer lugar, encontramos los costos directos. Estos gastos directos de la obra se representan en las partidas de obra y hacen referencia a la mano de obra, materiales y amortización y conservación de maquinaria e instalaciones. Un ejemplo sería la partida de la fachada que incluye tanto los materiales como la mano de obra y maquinaria necesaria para poder construir la fachada. Otro ejemplo muy gráfico es el suministro y colocación de los aparatos sanitarios.
Por otro lado, para poder ejecutar la obra también se necesitan medios materiales y personales que no se pueden imputar a una unidad de obra concreta sino que se usan en la obra en general. Estos gastos hacen referencia a los costes indirectos. Ejemplos que se incluirían dentro de estos gastos serían, por ejemplo, las casetas de obra, los almacenes para maquinaria y materiales, grúas, camiones, instalaciones provisionales y personal no destinado a la ejecución concreta de una partida (jefe de obra, encargado de obra, vigilancia, etc.). Los costes indirectos dependiendo del tamaño y complicación de la obra varían entre el 6% y el 15% de los costos directos.
La suma de los costos directos y los indirectos es lo que cuesta ejecutar la obra o PEM. Este PEM es el que usan los ayuntamientos para calcular las tasas e impuestos. También es usado por los seguros para calcular las primas y gastos e incluso los arquitectos calculamos nuestros honorarios a partir de este presupuesto.
Presupuesto de Ejecución por Contrato (PEC)
A parte de los gastos para ejecutar la obra, la empresa constructora también tiene diferentes gastos relacionados para poder funcionar. Estos gastos son por ejemplo, los gastos del personal administrativo, departamentos de marketing, el mantenimiento de sus locales y oficinas, etc. Estos gastos se conocen como los gastos generales de la empresa y son de muy difícil cálculo, ya que una misma empresa constructora desarrolla varias obras a la vez y no se puede asignar directamente a una obra. Como convención se calcula mediante el 13% del PEM.
Todo lo descrito hasta el momento se refiere a gastos. Pero una empresa productiva realiza un servicio a cambio de una prestación económica, vaya que todos trabajamos para ganarnos la vida. Esto se conoce como el Beneficio Industrial y normalmente se evalúa en torno al 6%. Es verdad que existen casos en que las constructoras cuando presentan un presupuesto (sobretodo en obra pública) no incluyen este beneficio o incluso presupuestan por debajo del precio de construcción porque saben que van a haber cambios y errores de proyectos que ya se “cobrarán”. Por esta razón, a veces las empresas constructoras tienen esa mala fama. Otra razón puede ser la publicidad y notoriedad mediática que le puedan otorgar el realizar una obra relevante o singular. De forma que “invertir” en una obra para sacarle rédito posteriormente por el marketing o networking que te pueda surgir. Estas prácticas conllevan un gran riesgo tanto para la empresa constructora como para el promotor y el desarrollo de la obra. Por eso es necesario conocer el precio de las cosas y desconfiar de las gangas en este sector (como en la mayoría de sectores).
Por último, a este PEC, se le debe añadir el IVA. Este IVA si es para tu primera residencia (y con algunos peros) es del 10%. En cambio si en este caso es una obra de una segunda residencia o con la que el propietario realiza negocio (venta posterior o alquiler) será del 21%.
¿Pero que voy a tener que pagar?
El promotor/propietario deberá pagar el Presupuesto por Contrato más el IVA correspondiente al constructor. Además de la obra, también habremos de pagar entre otros:
– los honorarios técnicos (arquitecto, arquitecto técnico, coordinador de seguridad y salud)
– tasas e impuestos del ayuntamiento
– topográfico, geotécnico, entidades de control
– altas de suministros (agua, electricidad)
– gastos notariales
Pero como hemos comentado antes, es importante saber la diferencia entre PEC y PEM, ya que el ayuntamiento hará los cálculos de los impuestos (ICIO y tasas) que deberás pagar sobre el PEM y muchos técnicos o seguros realizan el cálculo de sus honorarios a partir del PEM.