La cédula de habitabilidad es un documento administrativo que acredita que una vivienda cumple las condiciones mínimas de habitabilidad que prevé la normativa vigente y es apto para ser destinado a residencia de personas, sin perjuicio de que se desarrollen otras actividades autorizadas.
El otorgamiento de la cédula de habitabilidad no supone la legalización de las construcciones en cuanto a la adecuación del uso de vivienda a la legalidad urbanística.
La cédula de habitabilidad puede ser:
· De primera ocupación: cuando se refiere a viviendas de nueva construcción.
· De primera ocupación de rehabilitación: cuando se refiere a viviendas que son el resultado de una intervención o rehabilitación (subdivisiones, cambios de uso, ampliaciones, modificaciones de distribución, etc.)
· De segunda ocupación: cuando se refiere a viviendas que ya existen.
La cédula de habitabilidad es necesaria para:
· transmitir una vivienda en venta, alquiler o cesión de uso, en primera transmisión o en posteriores transmisiones.
· darse de alta de los servicios de agua, electricidad, gas, telecomunicaciones y otros servicios.
· modificaciones en la superficie útil o son alteradas las condiciones de habitabilidad.
· los bancos y las cajas la pueden exigir como condición para otorgar una hipoteca.
Los datos que constan en la cédula son:
· La dirección y ubicación de la vivienda
· La superficie útil de la vivienda y de las habitaciones
· Las estancias y los espacios que componen la vivienda
· El umbral máximo de ocupación
· La identificación y titulación de la persona técnica que certificado la habitabilidad
En la cédula no figura el nombre de la persona propietaria. Se trata de un documento que acredita las condiciones objetivas de habitabilidad de una vivienda, con independencia del suyos titulares u ocupantes.
La vigencia de las cédulas es de:
· Cédulas de viviendas nueva / usadas con fecha de otorgamiento anterior a 2004: 10 años.
· Cédulas de viviendas nuevas / usadas otorgadas del 2004 al 2012: 15 años.
· Cédulas a partir de 2013:
– Cédulas de primera ocupación: 25 años.
– Cédulas de primera ocupación de rehabilitación: 15 años.
– Cédulas de segunda ocupación: 15 años.
· Calificación definitiva de una vivienda protegida con cualquier régimen de protección pública:
– Fecha de la calificación definitiva anterior al 09/10/09: la calificación definitiva de protección oficial sustituye la cédula de habitabilidad de primera ocupación.
– Fecha de la calificación definitiva posterior al 09/10/09: la calificación definitiva de protección oficial sustituye la cédula de habitabilidad de primera ocupación durante un periodo de 15 años si la fecha es anterior al 03/11/12 y de 25 años si es posterior.
Para obtener la cédula de habitabilidad es necesario que un arquitecto inspeccione la vivienda y emita el correspondiente certificado de habitabilidad visado por el Colegio de Arquitectos de Catalunya. Seguidamente, hay que presentar la solicitud de cédula de habitabilidad con el certificado a la Agència d’Habitatge de Catalunya y pagar las tasas correspondientes (19,65 € con 30% de descuento si se realiza telemáticamente). La cédula se recibe a los días por medios telemáticos, como máximo 30 días hábiles después de recibir el pago de la tasa.
Desde Guillem Ros studio nos encargamos de todo. Concertamos cita con el propietario, realizamos la visita y tramitamos el certificado de habitabilidad. Una vez visado el certificado, expedimos la cédula en la Agència de l’Habitatge. Antes de 30 días recibimos la repuesta de la Generalitat y enviamos la cédula de habitabilidad por e-mail.
En caso de no disponer de la cédula o haberla perdido, envíandonos un mail con la dirección completa podemos acceder a una base de datos exclusiva para técnicos donde nos aparece si ha tenido alguna vez cédula de habitabilidad y, en caso de haberla tenido, si ésta se encuentra vigente. En el caso de encontrarse vigente y necesitar una copia, el propietario debe ir a la oficina de vivienda de su ayuntamiento o a la Agència de l’Habitatge presencialmente a solicitar un duplicado.
En el enlace anterior puedes descargarte el Decreto 141/2012, sobre condiciones mínimas de habitabilidad de las viviendas y la cédula de habitabilidad completo.
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